REGLAMENTO:
REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCION DENOMINADA:
En acatamiento de lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor y su Reglamento, Ley número siete mil cuatrocientos setenta y dos, el Código de Comercio de la República de Costa Rica, y en el resto del ordenamiento jurídico, se establecen los lineamientos para el concurso denominado “Kimby premia tu esfuerzo semanalmente”. Para todos los efectos, las partes se atenderán a lo dispuesto en las citadas Leyes y en apego a las cláusulas que se estipulan en el presente Reglamento.
La promoción “Kimby premia tu esfuerzo semanalmente” se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la promoción, los participantes aceptan de forma tácita todas las reglas de este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores, ejecutores y patrocinadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción.
El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como al cumplimiento de lo dispuesto en este reglamento. El organizador se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los premios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan los términos y condiciones aquí establecidas. Si el ganador no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, los organizadores y los patrocinadores no asumirán ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la entrega de un premio o beneficio.
PRIMERO: OBJETO. El objeto de este reglamento es establecer las regulaciones del concurso denominado “Kimby premia tu esfuerzo semanalmente” según los términos y las condiciones establecidas en el presente reglamento.
SEGUNDO: DEFINICIONES. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
- Reglamento: Se refiere a este documento y sus modificaciones.
- Patrocinador: Corporación Pipasa S.R.L
- Organizador: Corporación Pipasa S.R.L
- Ejecutor: COMMUNICATIONS ADVERTISING & MARKETING CAM 360 S.A, en adelante CAM360.
- Consumidor/participante: Toda persona mayor de edad costarricense o con estancia o residencia legal dentro de Costa Rica, y con documento de identidad vigente que, como destinatario final, compre cualquiera de los empaques participantes en la promoción durante el periodo establecido.
- Ganador: Consumidor/participante cuyo código que activó resulte seleccionado con un premio de la promoción y que haya cumplido con todos los requisitos descritos en el presente reglamento, tales como presentación del empaque con código activado y demás requisitos.
- Potencial ganador: Consumidor/participante cuyo código que activó resulte seleccionado con un premio de la promoción, pero que aún no ha cumplido con los requisitos que exige el este Reglamento para ser acreedor del premio (Ganador).
- Productos participantes: Productos de la marca Kimby identificados con la promoción “Kimby premia tu esfuerzo semanalmente” que se describen en el Anexo A, en cualquiera de sus presentaciones, los cuales tendrán una calcomanía que contendrá un código alfanumérico de 8 dígitos que deberá ser activado según lo indica este reglamento con posterioridad.
- Puntos de venta: La presente promoción aplicará a todos los puntos de venta del país que estén debidamente identificados con la promoción y que voluntariamente acceden a la promoción.
- Premio: Corresponde al premio que se describe más adelante.
TERCERO: ELEGIBILIDAD PARA PARTICIPAR.
Los interesados en participar deberán ser mayores de edad, tener al momento del sorteo un documento de identificación válido, vigente y reconocido por el ordenamiento jurídico de Costa Rica.
Tendrán impedimento y no podrán participar las siguientes personas: a) Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa patrocinadora, ejecutora u organizadora; b) Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción; c) Funcionarios de cualquiera de las empresas copatrocinadoras de esta promoción que en razón de su cargo puedan de alguna forma influir en el desarrollo de la promoción o la asignación de los premios; d) Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores, e) Todas aquellas personas que no residan en territorio costarricense, por lo difícil de la logística para la entrega del premio y f) Concesionarios de Agencias Pipasa y sus empleados.
CUARTO: PLAZOS. Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter absolutamente perentorio:
a. Plazo para participar: El plazo de participación es por tiempo limitado, siendo que inicia el día 16 de agosto de 2021 al 10 de octubre de 2021. Se entregarán premios hasta el 11 de noviembre de 2021.
b. Fecha del Sorteo: Se efectuará (n) ocho (08) sorteo (s) en las instalaciones de la empresa CAM360, ubicada en San José, Montes de Oca, Sabanilla, del AMPM de Sabanilla 175 metros norte, en la (s) siguiente (s) fecha (s): los lunes de cada semana durante el plazo de la promoción; a las 9:00AM. El organizador podrá modificar la fecha del sorteo por razones de conveniencia u oportunidad, pero este cambio no modifica el plazo de participar en la promoción, para no afectar las probabilidades de ganar. El primer sorteo será realizado el 23 de agosto de 2021 y el último sorteo será realizado el 11 de octubre de 2021.
c. Publicación del reglamento: Este reglamento será publicado en la página web www. EconomiayAhorro.com.
d. Fecha límite reclamar el premio: El (Los) potencial ganador (es) deberá (n) reclamar su premio a más tardar un mes luego de la finalización de la promoción, en la siguiente dirección en las instalaciones de la empresa CAM360, ubicada en San José, Montes de Oca, Sabanilla, del AMPM de Sabanilla 175 metros norte, en horario de 9:00AM a 4:00PM. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna, lo anterior por cuanto se trata de un plazo perentorio. Para reclamos de premios coordinar con el ejecutor al teléfono 4701-7033.
QUINTO: FORMA DE PARTICIPAR. La forma de participar es la siguiente: Compra productos de la marca Kimby identificados con la promoción “Kimby premia tu esfuerzo semanalmente” que se describen en el Anexo A, en cualquiera de sus presentaciones. Adherido al empaque vendrá una calcomanía que contendrá un código alfanumérico de 8 dígitos que deberás activar por medio de la página web www.economiayahorro.com o por medio de mensaje de Whatsapp al teléfono 6470-2300, debiendo también completar el formulario con tu nombre y apellidos, número de identificación y teléfono celular. Una vez activado el código, introducidos los datos, aceptado el reglamento y los términos y condiciones y dado el consentimiento para el tratamiendo de datos personales, quedarás participando. Esta promoción aplica únicamente para compras al detalle.
Si el mismo código alfanumérico es activado en más de una ocasión, la página web alertará al participante que debe contactar al EJECUTOR para que éste valide que cumple con los requisitos. El EJECUTOR podrá pedirle al participante que le envié una fotografía de su cédula de identidad y que se tome una fotografía donde aparezca su cara, empaque y código alfanumérico. En caso de que se valide el derecho a participar, el EJECUTOR asignará el código alfanumérico a este participante e invalidará la anterior activación.
SEXTO: PREMIOS. La cantidad y descripción de los premios se detallan a continuación en el siguiente cuadro:
PREMIO | CANTIDAD | MARCA | MODELO |
100,000 COLONES | 240 | BAC SAN JOSE | TARJETA DE REGALO |
1,000,000 COLONES | 8 |
Las tarjetas de regalo tienen una vigencia de un año, luego del año el saldo de la tarjeta se pierde, y solo se pueden usar con datáfonos BAC.
SÉTIMO: SELECCIÓN DE POTENCIAL GANADOR Y GANADOR.
La selección de los potenciales ganadores se realizará de la siguiente forma:
- Cada premio se sorteará de forma aleatoria por medio de un sistema algorítmico el cual escoge cada código ganador y le asigna un premio.
- La activación de códigos será acumulable, esto quiere decir que si no se resulta seleccionado en un sorteo sigue participando en el sorteo de la próxima semana, esto incluye a los suplentes que no resultaron seleccionados.
- La selección de los potenciales ganadores se realizará al azar entre la totalidad de los códigos activados.
- Cada semana se rifarán treinta tarjetas de regalo con cien mil colones y una tarjeta de regalo con un millón de colones.
- Cada semana se seleccionarán 31 potenciales ganadores y se seleccionarán diez suplentes.
- Los suplentes de cada semana no podrán reclamar derecho a ser considerados como potencial ganador ni como ganador. Los suplentes, según el orden en que estos sean seleccionados, podrán optar por el premio en caso de que algún potencial ganador no conteste ni devuelva la llamada telefónica ni responda al mensaje de WhatsApp por la cual se le comunica que es potencial ganador y que debe ponerse en contacto con la empresa CAM360.
- El potencial ganador deberá contestar o devolver la llamada telefónica o responder al mensaje de WhatsApp por la cual se le comunica que es potencial ganador y que debe ponerse en contacto con la empresa CAM360. En medio de esta comunicación se verificará la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada y demás requisitos. Al potencial ganador se le hará una doble verificación de datos, en primera instancia, durante la llamada telefónica o mensajes de WhatsApp se le preguntarán datos tales como si ha guardado el empaque, número de cédula de identidad, entre otros, si al contestar estas preguntas cumple con lo indicado por el Reglamento, se le indicarán los pasos a seguir para hacer retiro del premio, sin embargo, en una segunda instancia, para poder hacer retiro del premio, el potencial ganador deberá presentar todos los documentos solicitados por el organizador, ejecutor y/o patrocinador durante la llamada telefónica y establecidos en este Reglamento pues de lo contrario no se le hará entrega del premio.
- En caso de que alguno de los potenciales ganadores no pueda ser identificado o no cumpla con los requisitos de este reglamento según las preguntas que se le realicen en la primera instancia de verificación de datos mencionada anteriormente, se seleccionará el suplente (en el orden establecido) a quien se le seguirá el mismo procedimiento de verificación.
- Los potenciales ganadores serán contactados los días lunes de la misma semana en que se realizó el sorteo mediante llamada telefónica al número indicado en la información que completó a fin de participar en la presente promoción y a aquellos que no contesten a esa llamada se le enviará un mensaje de WhatsApp.
- Los potenciales ganadores tendrán hasta el mediodía del miércoles de la misma semana en que fueron contactados para comunicarse con la empresa CAM360. Transcurrido ese término sin obtener comunicación de parte del participante este no será considerado como potencial ganador, razón por la cual se dejará constancia escrita de tal circunstancia en la bitácora de la empresa, y se procederá a contactar al primer suplente y así en adelante hasta lograr comunicación o contacto con alguno. El suplente, que en este caso es potencial ganador, será contactado el mismo miércoles y tendrá hasta el mediodía del viernes de la misma semana para comunicarse con la empresa CAM360.
- El potencial ganador tiene la obligación de presentar en el lugar indicado en este Reglamento, al momento del retiro de su premio, el documento de identidad vigente, paquete del producto Kimby comprado con su respectivo código activado a fin de ser considerado como ganador oficial. El empaque y el código deben estar en buen estado y que sea legible para corroborar la veracidad de los datos y poder entregar el premio. Si el potencial ganador no cumple con la entrega y/o presentación de los documentos, no será considerado ganador, por lo que el premio no se le entregará y lo perderá, pudiendo el organizador, ejecutor o patrocinador disponer del premio de la forma que considere oportuno tomando en consideración las necesidades del organizador.
Lo anterior no obliga a la empresa patrocinadora a hacer efectiva la entrega de los premios, si los potenciales ganadores no cumplen a cabalidad con la mecánica promocional, ni cuentan con los requisitos aquí indicados.
- Los ganadores no tienen la posibilidad de elegir, escoger o canjear premios, pues la selección de los ganadores según el premio es al azar.
- De ser un tercero quien conteste la llamada, únicamente se le solicitará que le comunique al participante y potencial ganador que se comunique con la empresa CAM360 y se le enviará el mensaje al WhatsApp, siendo que el organizador, ejecutor y/o patrocinador se libera de cualquier responsabilidad ante la no notificación de este tercero a la persona ganadora, pues no es obligación del organizador, ejecutor o patrocinador el investigar los motivos por los cuáles una persona no llegue a atender la llamada en el teléfono que consta en los datos de la promoción o el mensaje privado enviado para contacto.
- El organizador, ejecutor y patrocinador será responsable únicamente de localizar al cliente por medio de teléfono o mensaje de WhatsApp, al teléfono brindado en el formulario debidamente llenado con su información personal, por lo que de ser incorrecta o imprecisa, dicha persona se catalogará como ilocalizable, dando la oportunidad a algún suplente de convertirse en potencial ganador o ganador. Debido a lo anterior, EL PARTICIPANTE acepta que su persona es el único responsable por estar pendiente de atender cualquier posible llamada o mensaje de parte del ejecutor en caso de ser seleccionado como potencial ganador.
Al momento del sorteo estará presente un Notario Público designado por el organizador, quién levantará un acta haciendo constar la identidad de (los) potencial (es) ganador (es), y suplente (s) y dando fe pública de que se han seguido los procedimientos legales y los aquí establecidos, todos los cuales estarán sujetos a verificación por parte del organizador en cuanto a las condiciones de la promoción y sus datos personales.
El potencial ganador se estará contactando de manera oficial por parte del EJECUTOR mediante el Departamento de Publicidad y Promociones el cual tiene el siguiente número telefónico 4701-7033.
Si el (alguno de los) potenciales ganador (es) y/o ganadores de cualquier manera incumple este reglamento, se entenderá que renuncia a su premio.
OCTAVO: INSTRANSFERIBILIDAD DEL PREMIO: El premio es indivisible, intransferible y no negociable. Para ser acreedor de un premio, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente reglamento.
Todo reclamo o recepción de algún premio o beneficio implicará necesariamente el conocimiento y la aceptación de todas las disposiciones de este Reglamento y sus modificaciones. Para todos los efectos legales, el organizador entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el sólo hecho de reclamar el respectivo premio o beneficio en cuyo caso el organizador podrá exigir al interesado antes de entregar el premio, que mediante documento escrito deje constancia expresa de dicha aceptación y a su vez se adhiera por completo y en todos sus extremos a las cláusulas de este reglamento. Si la persona no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el organizador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la entrega de un premio o beneficio.
NOVENO: CADUCIDAD DEL PREMIO. El plazo máximo para reclamar el premio, por parte de cada ganador, será́ de un mes luego del último sorteo.
Pasada esa fecha, caducará el derecho de reclamar o hacer efectivo el premio, y el patrocinador, ejecutor u organizador no reconocerá́ premio alguno, y por lo tanto no se verá en la obligación de satisfacerlo.
Una vez concluido el plazo de retiro de los referidos premios, de no ser reclamado a tiempo, él mismo se considerará caduco, por lo que los participantes y ganadores, renuncian mediante la adhesión y conocimiento que al efecto tiene del presente Reglamento a cualquier reclamo posterior en referencia a la obtención del premio que no haya sido retirado efectivamente dentro del tiempo de participación indicado. Los premios disponibles acertados que no sean retirados dentro del plazo de vigencia indicado NO se acumularan para una posible siguiente premiación.
DECIMO: DERECHOS DE IMAGEN. El hecho de participar en la promoción implicará el consentimiento tácito de los participantes a que su nombre, voz e imagen sean utilizados en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que el organizador, patrocinador y/o copatrocinadores deseen hacer con relación a la promoción, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante. Adicionalmente, el (los) ganador (es) deberá (n) firmar una autorización expresa para el uso de estos derechos de imagen como condición para que se le entregue el premio.
DÉCIMO PRIMERO: RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR. El organizador es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este reglamento, por medio del ejecutor, y por la aplicación del mismo. El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Al registrarse los participantes liberan de cualquier responsabilidad al organizador, ejecutor, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción.
Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador, patrocinador y ejecutor por:
- a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio, para retirarlo o para disfrutarlo;
- b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción;
- c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.
- d) Eventual suspensión del evento.
- e) Asimismo en cualquiera de los casos que estipula la ley, como lo son fuerza mayor, caso fortuito y hecho de un tercero.
- f) El patrocinador, organizador o ejecutor no serán responsables en caso de que el ganador no se le pueda entregar el premio por causas ajenas al patrocinador -por ejemplo: no contar con un documento de identificación vigente.
- g) En ningún caso, patrocinador, organizador o ejecutor asumirán indemnizaciones frente al ganador por mal uso del premio, ni los costos por la obtención de los documentos requeridos por las autoridades.
- h) El patrocinador, organizador o ejecutor no serán responsables por cualquier daño, defecto, alergia alimentaria o inconveniente de los productos canjeados en los puntos indicados en la presente promoción.
- i) No se tendrá como incumplimiento del patrocinador, organizador o ejecutor el hecho de que alguno de los puntos de venta no cuente con los productos participantes. Para ello, el participante interesado en la promoción podrá acudir a otro punto de venta participante, dentro de los plazos de vigencia de esta promoción.
DÉCIMO SEGUNDO: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCION. Los organizadores se reservan el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente, en caso de fuerza mayor, caso fortuito, hecho de un tercero por comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera de control razonable de los organizadores. La alteración de documentos e información sobre el ganador así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
DÉCIMO TERCERO: INFORMACIÓN PERSONAL. La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerá al organizador. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte del organizador y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese el organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la empresa organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial de las entidades de la empresa que no esté prohibido. La información obtenida por el organizador será manejada bajo las leyes aplicables de Costa Rica.
DÉCIMO CUARTO: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente de la compañía organizadora o de los copatrocinadores. Con el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
DÉCIMO QUINTO: IDENTIDAD DEL GANADOR. Al finalizar la promoción, la lista del (los) ganador (es) estará disponible para ser consultada por cualquier interesado. El ejecutor podrá transmitir por alguna aplicación el sorteo yo entrega de los premios. Así mismo, en caso de que el organizador, patrocinador y ejecutor deseen tomar fotografías de la entrega de los premios para ser utilizadas con posterioridad en sus redes sociales, los ganadores consienten por este medio el uso de su imagen, para lo cual también estarán en la anuencia de firmar un consentimiento para el uso de su imagen.
DÉCIMO SEXTO: RESPONSABILIDADES, CONDICIONES Y RESTRICCIONES:
a. En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase “Aplican restricciones. Promoción valida del 16 de agosto de 2021 al 10 de octubre de 2021. Se debe presentar el empaque con la etiqueta del código en buen estado en el momento de reclamar el canje del premio. No se entregarán premios luego del 11 de noviembre de 2021. Ver reglamento en www. EconomiayAhorro.com.” en señal de que la participación de los interesados, así como la promoción y los premios están sujetos a las condiciones y limitaciones indicados en este Reglamento. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento. Los interesados en participar de esta promoción tienen la obligación de leer, entender y consultar al organizador en caso de dudas sobre el presente reglamento. No obstante, cualquier asunto relacionado con la promoción que no esté previsto en este Reglamento, será resuelto por el patrocinador con estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
b. El sorteo se rige por este Reglamento y en forma supletoria y complementaria se tiene incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la Comisión Nacional de Protección al Consumidor, en cuanto sean aplicables.
c. El organizador se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores y de suceder algunas de estas circunstancias, del hecho se dejará constancia en el Acta Notarial que el día del sorteo se levante o si el hecho ocurre o se conoce posteriormente, en acta independiente.
d. Los favorecidos deberán firmar un documento de recibido conforme del premio respectivo, liberando así al organizador de cualquier responsabilidad por el uso y disfrute del premio ganado.
e. La responsabilidad del organizador finaliza con la entrega de los premios.
f.El organizador, ejecutor o patrocinador no se harán cargo de ningún gasto incurrido por el favorecido para retirar el premio. El organizador se limita a entregar únicamente los premios ofrecidos en este reglamento, por lo que no se aceptarán cambios ni mejoría en el mismo.
g. Si se demuestra que una persona recibió un premio por medio de engaño, el organizador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso.
h. El derecho al premio y los premios en sí no son transferibles, negociables ni pueden comercializarlos de ninguna forma. Cada premio será entregado únicamente a la persona declarada favorecida en el sorteo, una vez verificados el cumplimiento de los requisitos reglamentarios.
i. Si el favorecido no acepta el premio o sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta. Si los favorecidos, incluyendo a los potenciales ganadores adicionales no son ubicados, no será obligación de Corporación Pipasa S.R.L realizar nuevos sorteos.
j. El favorecido deberá firmar conforme el recibo de su premio, aceptando las limitaciones y condiciones que el premio representa y de tal forma liberará de responsabilidad a Corporación Pipasa S.R.L, aceptando su condición como favorecido. En el evento injustificado de haber aceptado un premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho a recibirlo, para lo cual se levantará un acta notarial.
k. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, la persona que resultó favorecida autoriza a que su nombre, número de cédula e imagen aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores al sorteo, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional al premio, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales se tiene por cedidos temporalmente únicamente para los efectos de divulgación del resultado de este sorteo. El favorecido no podrá negarse a ser fotografiado o filmado, sin recurso alguno. Se aclara que el patrocinador exige en todas sus promociones esta condición.
Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, podrá evacuarse, mediante correo electrónico dirigido a la dirección: reclamos@cam360cr.com. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento.
Anexo A
SALCHICHAS | 100057591 | CPR SLCHA ECO POLLO 500G PQ KBY |
SALCHICHAS | 190000581 | CPR SLCHA AHUM 500G PQ KBY |
MORTADELA | 190000733 | CPR MORTA BOLOGNA 500G PQ KBY |
MORTADELA | 100057589 | CPR MORTA ECO POLLO 375G PQ KBY |
JAMONES | 190001156 | CPR JAMON 250G PQ KBY |
COMBOS | 100057597 | CPR COMBO POLLO 1.375KG BO KBY |
MORTADELA | 190000578 | CPR MORTA ESP 500G PQ KBY |
SALCHICHAS | 190000704 | CPR SLCHA 24U 1KG PQ KBY |
COMBOS | 130000178 | CPR COMBO 1.4KG BO KBY |